El presidente Luis Abinader creó, mediante el Decreto núm. 389-25, el Premio Anual al Mérito Laboral como forma de reconocimiento público a los trabajadores que, por su trayectoria, dedicación y aportes al desarrollo económico y social del país, sean merecedores de dicha distinción.
El decreto, según su artículo 2, establece las modalidades de la premiación, que son:
- Medalla al Mérito Laboral: para trabajadores individuales que hayan demostrado excelencia en su desempeño, compromiso con la equidad e inclusión, y una contribución significativa en su área de trabajo.
- Placa de Reconocimiento al Mérito Laboral: para instituciones, empresas o colectivos de trabajadores, nacionales o internacionales, cuya labor haya impactado de manera significativa en la dignificación del trabajo y en la promoción de los derechos laborales en la República Dominicana.
Las propuestas de candidaturas podrán ser presentadas entre el 1.º de diciembre y el 31 de enero de cada año, y serán evaluadas durante el período comprendido entre el 1.º de febrero y el 1.º de abril por un comité de selección presidido por el ministro de Trabajo e integrado por un representante del sector empresarial y un representante del sector sindical.
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